Este pasado Lunes 11 de Octubre entraron en vigor las nuevas medidas de la ley antifraude aprobada por el gobierno. Estas medidas tienen como objetivo sacar a flote la economía sumergida de nuestro país.
La nueva normativa vigila especialmente los pagos en efectivo, y reduce los pagos máximos que pueden realizar y recibir empresarios y autónomos, de 2.500 a 1.000 euros. De este modo quiere sacar a flote la economía sumergida.
Pero además, desde este lunes, Hacienda podrá imponer desde este sanciones fijas de 50.000 euros a los autónomos que tengan en su negocio los denominados ‘software de doble uso’, es decir, programas diseñados para ocultar parte o la totalidad de la contabilidad y evitar declarar al Fisco. Desde hace años, la Agencia Tributaria persigue el uso de estos programas que se utilizan para falsear cuentas pero, hasta la fecha, no existía un régimen sancionador específico por su mera tenencia.
Por si alguien no sabia que son estos softwares de doble uso, estos programas informáticos permiten a los negocios llevar una doble contabilidad, ocultando la facturación real a Hacienda y, en consecuencia, tributando por una cantidad menor a la que les corresponde.
El sistema es incluso capaz de emitir tickets del importe íntegro de la compra sin que el ingreso quede reflejado en las cuentas oficiales del negocio, por lo que el consumidor tampoco percibirá que está pagando en “B”.

Para más inri, ni siquiera será necesario que se demuestre la utilización de estos softwares, sino que su simple tenencia ya será motivo de sanción. Para que quede más claro, los motivos por los que un software podría considerarse de doble uso, y por lo tanto serían motivo de sanción para el autónomo son lo siguientes:
- Que permitan llevar contabilidades distintas
- Que permitan no reflejar, total o parcialmente, la anotación de transacciones realizadas;
- Que permitan registrar transacciones distintas a las anotaciones realizadas;
- Que permitan alterar transacciones ya registradas incumpliendo la normativa aplicable;
- Que no cumplan con las especificaciones técnicas que garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, así como su legibilidad por parte de los órganos competentes de la Administración Tributaria
- Que no se certifiquen, estando obligado a ello por disposición reglamentaria, los sistemas fabricados, producidos o comercializados.
Hablemos claro, la vida del autónomo ya es suficientemente dura, y su tiempo muy limitado. No son pocos los que se dejan asesorar por ese familiar o ese amigo que les dice que tiene un programa que es la leche y que les va a hacer ahorrarse unos pocos de euros, y que Hacienda ni se va a enterar, que tienen a otro amigo que lo usa también y le va genial. Pues a partir de ahora, si eres autónomo, y algo de esto te suena, ten cuidado ya que como hemos dicho las multas ascienden hasta los 50.000 euros. Eso son muchos meses de trabajo.
Revisa tu software y asegúrate de no tener uno de doble uso, ya que quizá le encargaste la tarea a tu cuñado y nunca se sabe que puedes tener funcionando realmente en tu empresa.
En ITEXON, llevamos años asesorando exitósamente a pymes y autónomos, ayudándoles con la administración de sus sistemas informáticos y su transformación digital, siempre velando por los buenos usos y funcionamientos de los mismos. Si necesita cualquier ayuda con el software de su empresa, puedes ponerte en contacto con nosotros, te responderemos rápido, prometido.

